Comparte

En conversación con El Agro, el abogado señaló, que la Constitución es la norma más importante, por lo tanto, en la práctica, cualquier norma que vaya en contra de la Constitución queda derogada. Lo ideal es que la Constitución estableciera aspectos generales cuyos detalles se vean después en las leyes, pero aquí tenemos una Constitución con mucho detalle y en algunos aspectos con mucha incertidumbre.

Es claro que los derechos de aprovechamiento de aguas, de aprobarse este nuevo texto constitucional, se extinguen de la manera que los hemos conocido desde el año 81 en adelante. Se pierde el derecho de propiedad que está dentro de tu patrimonio y que tiene un valor económico. Y no se expropia tampoco, porque eso supone el pago de algo, que no es el caso, entonces más parece una expoliación que una expropiación. Esto aplica inmediatamente, no el 5 de septiembre, pero en octubre o noviembre.

Eso significa que nuestros derechos de aprovechamiento de aguas se van a regular por normativas que hoy no están. Esto significa que el Código de Aguas recientemente aprobado por unanimidad de todos los partidos políticos queda en desuso. Se convierte en el Código de Aguas más acotado en el tiempo que ha tenido la historia de Chile.

Autorizaciones

Son concesiones respecto de las cuales tu no tienes propiedad, y no puedes comercializar. Es decir, tu acotaste tu producción agrícola, y si hay excedente no se va a poder transferir a un nuevo propietario que quiera generar un nuevo proyecto.

El primer impacto, entonces, es el patrimonial. Tus derechos de agua valen 0. Ello influye en el financiamiento, los campos van a quedar de rulo. Los que ya tenían derechos de aprovechamiento de agua se mantienen en calidad de autorización de uso de agua, hasta que alguien decida revocarlos. Y mientras se crea la Agencia Nacional del Agua, la DGA te los va a poder revocar.

El Código de Aguas que rige actualmente establece que los derechos son a perpetuidad y se podrían transferir a terceros, pero consideraba la caducidad en caso de no uso. La nueva propuesta indica que los derechos pasan a ser inmediatamente temporales y amplia los criterios de caducidad. Se habla de criterios de conservación, en este último caso (a mi juicio, consideraciones políticas) se ha demonizado el uso productivo del agua, frente a criterios ambientalistas, por ejemplo.

La visión ideológica que se tiene del derecho de propiedad y los recursos naturales es lo que está detrás de esto. Hoy pensar que el uso a través del Estado como gran asignador de las aguas va a ser mejor que lo que tenemos hoy, es un grave error.

Código de aguas

Queda en nada. Hay en las normas transitorias un mandato imperativo del P de la R de crear una Agencia Nacional del Agua y que se establezca un nuevo código.

Consejo de Cuencas

Es el que va a administrar y redistribuir las aguas. Ese ente no es técnico porque va a estar conformado por civiles (no está definido), autoridades de gobierno, y titulares de autorizaciones de uso de agua. Ellos reemplazarían a las juntas de vigilancia, comunidades de agua, que tienen experiencia de más de un siglo en el manejo de agua. Hoy no se compatibilizan las juntas de vigilancia con un Consejo de Cuencas, por lo tanto, las primeras también desaparecen.

¿Qué va a pasar con los canales que son privados? Se hizo una muy mala normativa constitucional que no entendió la realidad de la agricultura. La agricultura debe defender el uso de las aguas en un sentido productivo.

Otras industrias

Todas aquellas que utilizan el agua en el desarrollo de su actividad se van a ver afectadas. Principalmente por la propiedad, la falta de financiamiento, etc. Nadie va a generar inversión en un proceso productivo si a ti te quitan el agua. Desde esa perspectiva es un golpe enorme a nuestra actividad.

Restitución de tierras

Hoy se reconocen 1º pueblos y ellos van a tener de derecho de pedirle al Estado que cree un instrumento jurídico para la restitución de tierras, por lo tanto, es un conflicto que se puede venir en cualquier parte del país. Se les da facultades a los gobernadores para definir qué y dónde plantar.

De aprobarse…

Va a generar efecto importante, y lo que más preocupa son los temas de redistribución y no sabemos si el consejo de cuencas va a tener la capacidad.

En Australia el Estado volvió a sí mismo los derechos de agua, pero hubo expropiación y, por ende, pago. Acá me van a quitar mi propiedad sobre los derechos de agua y eso afecta a todos los tratados internacionales, sobre todo el Pacto San José de Costa Rica, que ha suscrito Chile.

Últimas Noticias